Nuda propiedad

¿Que es Nuda Propiedad?

Es una opción que da la posibilidad a las personas de avanzada edad de transmitir la propiedad de su casa y mantener el derecho de su uso y disfrute mientras vivan. 

Debemos distinguir entre nuda propiedad y usufructo


  • El nudo propietario es el titular pero no tiene el uso y disfrute.
  • El usufructuario tiene el uso y disfrute pero no la propiedad.
  • Se llama nudo propietario a la persona titular de ese derecho. Es el "dueño" del bien, pero sus facultades sobre él están muy limitadas, ya que si no dispone del usufructo no podrá disponer y disfrutar del bien.
  • El pleno dominio sobre una finca usufructuada se consolida cuando la propiedad y el uso y disfrute se reúnen en una misma persona.
  • El nudo propietario solo podrá disfrutar de la vivienda cuando finalice el usufructo (fallecimiento del usufructuario, generalmente).
  • El usufructuario podrá disfrutar de la vivienda hasta su fallecimiento.
  • El nudo propietario no puede alquilar la vivienda, pero sí vender la nuda propiedad a un tercero.
  • El usufructuario puede alquilar la vivienda y obtener una renta.



Renta y Venta Vitalicia Inmobiliaria

             Cuando se contrata una Renta                             Vitalicia  Inmobiliaria


  • El propietario que dispone de la plena propiedad, vende la nuda propiedad de su vivienda a cambio del cobro de una renta mensual vitalicia o temporal, lo que más le interese, y reservándose el derecho de usufructo vitalicio sobre la vivienda.


  • El comprador o inversor:
  • Paga las rentas mensuales
  • Asume el ibi 
  • Paga las derramas extraordinarias de la comunidad
  • El seguro de continente del inmueble
  • El usufructuario dispone del uso y disfrute del inmueble:
  • Cobra las rentas y usa la vivienda hasta el fallecimiento .
  • Asume los gastos inherentes al uso de la vivienda.

                                  Ventajas

  • Conservar el total uso y disfrute de su vivienda.
  • Dejará de pagar determinados gastos del inmueble: ibi, derramas.
  •  Usted no asume ningún gasto de la operación.
  • Tratamiento fiscal muy ventajoso, si el vendedor es mayor de 65 años, y lo que se transmite es la vivienda habitual, entonces la ganancia quedaría exenta de tributación en el IRPF.

  Opciones que ofrecemos


        Venta de Nuda Propiedad



  • Venta de Nuda Propiedad con Usufructo Vitalicio

        Es la modalidad, por la cual el          usufructuario  se reserva el                uso y disfrute de la vivienda,            hasta su fallecimiento,

        y si lo decide así  recibiría  un

        Pago Único de Capital a la

        firma de la Escritura.

  • Rentas Vitalicias
  • Renta Vitalicia Clásica: La propiedad recibe a cambio de    la venta de la nuda propiedad de su vivienda, una renta mensual para toda la vida y  reservándose a la vez el derecho  de usufructo.
  • Renta Temporal Clásica: en esta modalidad, la propiedad igual que en la anterior, sin embargo, el cobro de las Rentas mensuales se hará durante un determinado plazo (7, 10, 12, 15 años, etc.).
  • Renta Vitalicia o Temporal Fuera del Hogar: la propiedad renuncia al derecho de uso y disfrute sobre la vivienda, con el fin de obtener un importante incremento en la renta que le permite recibir mensualmente una renta más elevada y costearse el pago de la Residencia.
  • En todas las opciones de rentas podrá solicitar un anticipo de capital o disposición inicial. 



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